Nuevas condiciones para la práctica de ciclismo en Fase 2


Hoy, 27 de mayo, ha sido publicada en el BOE la Orden SND 445 mediante la cual se flexibilizan las limitaciones para la práctica deportiva al aire libre en los territorios que se encuentran en la Fase 2 de la desescalada. 


Esta nueva orden tendrá efecto inmediato, por lo que las condiciones para practicar ciclismo durante la Fase 2 serán las siguientes: 


- Se podrá practicar actividad física al aire libre en grupos de hasta 15 personas, pero manteniendo la distancia de seguridad y, en caso de que no se pueda respetar esta, deberá usarse una mascarilla.


- Los deportistas que no pertenezcan al grupo de deportistas profesionales, DAR o DAN podrán realizar actividad física al aire libre durante la Fase 2 en cualquier franja horaria, a excepción de en la estipulada para que los mayores de 70 años paseen o lleven a cabo actividad física (de 10 a 12 horas y de 19 a 20 horas). Los deportistas federados y no federados podrán realizar su actividad dentro de los límites de la provincia en la que residan.


Los deportistas federados y no federados podrán desplazarse para realizar actividad física, si fuera necesario, a aquellos espacios naturales (dentro de su provincia) en los que deban desarrollar su actividad deportiva. 


En la página web del Consejo Superior de Deportes encontraréis una guía de gran utilidad en la que se da respuesta a las principales dudas que puedan surgir al respecto de las condiciones para practicar deporte en la fase 2 de la desescalada. 


La Orden SND 445 del BOE, publicada en el día de hoy, no establece modificaciones en las condiciones para la práctica de deporte al aire libre en aquellos territorios que se encuentran en Fase 1, por lo que estas siguen siendo las mismas. 


Continuamos haciendo un llamamiento a todo el colectivo ciclista a seguir acatando estrictamente las normas y mostrando una actitud cívica acorde a las circunstancias. Desde la RFEC y sus FFAA agradecemos su colaboración y el ejemplo que están mostrando.


Recordamos que este comunicado se realiza mediante una interpretación de las distintas órdenes emitidas por el Boletín Oficial del Estado en las últimas semanas, por lo que no supone ninguna información oficial vinculante. La RFEC emite este comunicado a modo informativo al colectivo ciclista.



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