El Consejo Superior de Deportes equipara a los Deportistas de Alto Rendimiento autonómicos con los Deportistas de Alto Nivel y profesionales.


Deportistas de Alto Rendimiento

Los ciclistas nacionales catalogados como Deportistas de Alto Rendimiento (DAR) por parte de cada comunidad autónoma podrán desde hoy lunes 11 de mayo realizar su actividad deportiva con las mismas condiciones que los profesionales y Deportistas de Alto Nivel (DAN): entrenamientos al aire libre sin límite horario dentro de su provincia con un entrenador y teniendo acceso libre a cualquier espacio natural. Así lo ha confirmado en el día de hoy el Consejo Superior de Deportes (CSD) a través de este documento. Aquellos deportistas DAR que aún no tengan el certificado acreditativo (indispensable para poder entrenar al aire libre junto a la licencia federativa) pueden solicitarlo a su comunidad autónoma a través de su federación autonómica.

Ciclistas federados y no federados

Por otra parte, deseamos aclarar que desde la Real Federación Española de Ciclismo y sus FFAA hemos estado trabajando incansablemente en estas últimas semanas, realizando continuas gestiones con el CSD para pedir aclaraciones cuando han surgido dudas de interpretación de las normas, reivindicando además modificaciones y mejoras para el colectivo ciclista

Del mismo modo, la RFEC quiere expresar su total desacuerdo con las medidas adoptadas en cuanto a la libre circulación dentro de cada provincia durante la Fase 1, en las que no se incluye la libertad de movimiento para poder practicar ciclismo fuera de los límites municipales y de las franjas horarias vigentes, pero sí para otro tipo de actividades. Entendemos que eliminar las limitaciones de espacio (siempre dentro de la provincia) y de tiempo es perfectamente viable e incluso más seguro para nuestros ciclistas, siempre respetando las normas de distanciamiento, haciéndolo de manera individual y siguiendo las recomendaciones sanitarias para antes y después de la práctica.

Por el momento, el CSD recuerda en una publicación de hoy (ver publicación) que para la práctica deportiva en espacios al aire libre siguen en vigor los límites establecidos para los deportistas federados y no federados. Únicamente se puede realizar dentro del municipio, en las franjas horarias permitidas (2 veces al día para federados) y sin presencia de entrenador (Orden SND/388/2020). No obstante, nos consta que desde el CSD se está intentando que el Gobierno cambie estas normas.

Por último, desde esta federación no vamos a dejar de reclamar a las autoridades competentes que se permita a nuestros ciclistas la práctica deportiva dentro de cada provincia y sin horarios para facilitar el entrenamiento de manera segura y eficaz.

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