El Consejo Superior de Deportes equipara a los Deportistas de Alto Rendimiento autonómicos con los Deportistas de Alto Nivel y profesionales.
Deportistas
de Alto Rendimiento
Los ciclistas nacionales catalogados como Deportistas de Alto Rendimiento (DAR) por parte de
cada comunidad autónoma podrán desde hoy lunes 11 de mayo realizar su actividad
deportiva con las mismas condiciones que los profesionales y Deportistas de
Alto Nivel (DAN): entrenamientos al aire libre sin límite
horario dentro de su provincia con un entrenador y teniendo acceso libre a
cualquier espacio natural. Así lo ha confirmado en el día de hoy el Consejo
Superior de Deportes (CSD) a través de este documento.
Aquellos deportistas DAR que aún no tengan el certificado acreditativo
(indispensable para poder entrenar al aire libre junto a la licencia
federativa) pueden solicitarlo a su comunidad autónoma a través de su
federación autonómica.
Ciclistas federados y no federados
Por otra parte, deseamos aclarar que desde la Real
Federación Española de Ciclismo y sus FFAA hemos estado trabajando incansablemente en estas últimas semanas,
realizando continuas gestiones con el CSD para pedir
aclaraciones cuando han surgido dudas de interpretación de las normas,
reivindicando además modificaciones y mejoras para el colectivo ciclista
Del mismo modo, la RFEC quiere expresar su total desacuerdo con las medidas adoptadas en
cuanto a la libre circulación dentro de cada provincia durante la Fase 1, en
las que no se incluye la libertad de movimiento para poder practicar ciclismo
fuera de los límites municipales y de las franjas horarias vigentes, pero sí
para otro tipo de actividades. Entendemos que eliminar las limitaciones de
espacio (siempre dentro de la provincia) y de tiempo es perfectamente viable e incluso
más seguro para nuestros ciclistas, siempre respetando las normas de
distanciamiento, haciéndolo de manera individual y siguiendo las
recomendaciones sanitarias para antes y después de la práctica.
Por el momento, el CSD
recuerda en una publicación de hoy (ver publicación) que
para la práctica deportiva en espacios al aire libre siguen en vigor los
límites establecidos para los deportistas federados y no federados. Únicamente
se puede realizar dentro del municipio, en las franjas horarias permitidas (2
veces al día para federados) y sin presencia de entrenador (Orden
SND/388/2020). No obstante, nos consta que desde el CSD se está intentando que
el Gobierno cambie estas normas.
Por último, desde esta federación no vamos a dejar de reclamar a las autoridades competentes que se
permita a nuestros ciclistas la práctica deportiva dentro
de cada provincia y sin horarios para facilitar el entrenamiento de manera
segura y eficaz.
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